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La evolución del sector de la climatización en España «Compra gas refrigerante sin impuestos r134a r410a, r404, r22 ,https://gasonline.eu/»

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desde el punto de vista del mercado como de los desarrollos tecnológicos, se puede
calificar de positiva y sus perspectivas de futuro son muy alentadoras

La evolucion del sectro de la climatizacion  Además de la recuperación económica de nuestro país, hay otros muchos factores que favorecen la evolución del sector de la climatización. Entre ellos están la climatología, la búsqueda de confort de la sociedad, el repunte de la obra nueva, el auge de la rehabilitación, las políticas de descarbonización de la UE, la necesidad de instalación de equipos eficientes y que utilicen energía renovable en los edificios de energía de consumo casi nulo, etc.

No cabe duda, que los desarrollos legislativos que afectan a nuestro sector, tanto a nivel
europeo como nacional, están incidiendo también en su evolución y están obligando a los
fabricantes a adaptar sus equipos y productos a esas exigencias, pero, a pesar del gran
esfuerzo que eso supone, no solo desde el punto de vista económico sino también de
trabajo, hay que reconocer que el resultado está siendo positivo, ya que todo ello redunda
en una mejor calidad de los equipos, en unas mejores prestaciones, y en una evolución
que nos lleva al uso de tecnologías limpias y respetuosas con el medio ambiente.

Evolución del mercado: años de crecimiento

Desde el punto de vista del mercado, los últimos años han sido de crecimiento. La
tendencia positiva que empezó a partir de 2014 ha continuado, según se observa en el
siguiente gráfico, que, a falta aún de datos definitivos del año 2018, nos da una visión de la
evolución del mercado desde el año 2005 al 2017, en millones de Euros. Esta evolución
comprende los siguientes segmentos de mercado: Máquinas; Regulación y Control;
Distribución y Difusión de Aire; Unidades de Tratamiento de Aire, Unidades de Ventilación
con Recuperación de Calor; Ventiladores y Ventilación Residencial:

Cambios normativos

Respecto a las exigencias derivadas de la reglamentación europea y nacional, hay que
señalar que, actualmente, estamos inmersos en muchos cambios normativos, derivados
de los textos legislativos que ya están en vigor, y a la espera de la publicación de otros que
están ya en fase de modificación, como es el caso del Código Técnico de la Edificación
(CTE), cuya sección HE, se ha modificado el pasado año y cuyo borrador está actualmente
en Europa. En el caso del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE)
se espera que, próximamente, se acometa su revisión.

Refrigerantes

Un aspecto muy importante y que está afectando en gran manera al sector de la
climatización es el tema de los Refrigerantes.

En este sentido, la vuelta, en algunos casos, a los refrigerantes naturales, como el
amoniaco o el CO2 y la necesidad de uso de refrigerantes de tipo A2L, con bajo Potencial
de Calentamiento Global (PCA), como es el caso del R-32, R-452B, HFOs, etc., son los
temas clave. Pero el protagonismo lo ha tenido la dificultad para instalar equipos con
refrigerantes A2L, derivada del actual Reglamento de Seguridad para Instalaciones
Frigoríficas (RSIF), ya que el retraso en la publicación de un nuevo Reglamento hacían
prácticamente inviable instalar equipos de climatización para confort con ese tipo de
refrigerantes, lo que provocó una gran preocupación en el sector.
Recientemente la publicación de una medida transitoria, a través del Real Decreto Ley
20/2018, de medidas urgentes para el impulso de la competitividad económica en el sector
de la industria y el comercio en España ha dado un respiro hasta que se apruebe el nuevo
texto del RSIF. La citada actuación se ha implementado a través de la Disposición
Transitoria Segunda. Condiciones para las Instalaciones que contengan refrigerantes del
grupo A2L, del mencionado Real Decreto Ley, que permite la instalación de equipos con
refrigerantes del grupo A2L, en base a los puntos que en la misma se estipulan,
eliminando los trámites y requisitos que recoge el actual RSIF.

Ecodiseño y etiquetado energético

Los reglamentos de Ecodiseño que afectan a los equipos de climatización juegan también
un papel muy relevante, en relación con la imparable carrera por el aumento de los
requisitos de eficiencia energética, ya que obligan a los fabricantes a que sus productos
tengan, como mínimo, los valores exigidos en los mismos y son, además, un acicate para
que la eficiencia energética de los equipos sea cada vez mejor, en aras, además, de ser
más competitivos. Los más relevantes para el sector de la climatización son:
 Reglamento 206/2012, relativo a los acondicionadores de aire conectados a la red
eléctrica con una potencia nominal menor o igual a 12 kW y los ventiladores que
utilicen una potencia eléctrica menor o igual a 125 W.
 Reglamento 813/2013, relativo a los aparatos de calefacción y calefactores
combinados de Pn < 400 kW, incluidos los integrados en combinaciones de aparato
de calefacción, control de temperatura y dispositivo solar y en combinaciones de
calefactor, control de temperatura y dispositivo solar
 Reglamento 814/2013, relativo a los calentadores de agua de potencia calorífica
nominal < 400 kW y depósitos de agua caliente con una capacidad menor o igual a
2.000 litros, incluidos los integrados en equipos combinados de calentador de agua
y dispositivo solar.
 Reglamento 1253/2014, relativo a los requisitos de diseño ecológico aplicables a
las Unidades de Ventilación.
 Reglamento 2281/2016, relativo a los requisitos de diseño ecológico aplicables a
los productos de calentamiento de aire, los productos de refrigeración, las
enfriadoras de procesos de alta temperatura y los ventiloconvectores.
En esta evolución, no podemos olvidar la importancia de los cambios derivados del
Reglamento de Etiquetado Energético 2017/1369, que sustituye a la Directiva 2010/30.
Entre esos cambios, cabe destacar el establecimiento de una nueva clasificación
energética que va de la A a la G eliminando las clases A+, A++ y A+++, a medida que se
vayan publicando los nuevos reglamentos delegados correspondientes a cada producto.
Una novedad muy importante del nuevo reglamento es que establece una base de datos
de etiquetado energético, a nivel europeo, denominada ‘EPREL’, operativa desde el
pasado 1 de enero, que incluirá todos los productos comercializados, que estén regulados
por un Reglamento Delegado de Etiquetado. En este sentido, en el sector de la
climatización los productos que hay que incorporar a la base de datos son los que están
dentro del ámbito de aplicación de los siguientes reglamentos delegados:
 Reglamento 626/2011: acondicionadores de aire con una potencia nominal inferior
o igual a 12 kW.
 Reglamento 1254/2014 : unidades de ventilación residenciales.
 Reglamento 811/2013: aparatos de calefacción, calefactores combinados, equipos
combinados de aparato de calefacción, control de temperatura y dispositivo solar y
equipos combinados de calefactor combinado, control de temperatura y dispositivo
solar.
 Reglamento 812/2013: calentadores de agua, los depósitos de agua caliente y los
equipos combinados de calentador de agua y dispositivo solar.
Desarrollos tecnológicos
Desde el punto de vista del desarrollo tecnológico, el protagonismo se centra en:
 Las tecnologías limpias, como es el caso de los equipos bomba de calor.
 La mejora de la Calidad del Aire Interior (CAI), donde la ventilación y los sistemas
de difusión y de tratamiento de aire juegan un importante papel.
 Equipos con unos rendimientos de eficiencia energética cada vez más altos.
 Los sistemas híbridos que combinan diferentes tecnologías y tipos de energía.
 El uso de refrigerantes con bajo PCA y de los refrigerantes naturales.
 Sofisticados sistemas de regulación y control y zonificación.
 La mayor demanda de la conectividad por parte del usuario.


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